Resolución por la cual se deroga el artículo 88 sobre el uso de sacarina y sus sales como edulcorante en alimentos y bebidas
Resolución que deroga el artículo 88 relacionado con el uso de sacarina y sus sales como edulcorante en alimentos y bebidas, fundamentada en evidencias científicas que demuestran su inocuidad para la salud. Incluye referencias a leyes y decretos vigentes y aclara la aplicación de disposiciones legales en el sector de alimentos y bebidas.
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