Circular sobre presentaciones comerciales en la Notificación Sanitaria Obligatoria para titulares e importadores
INVIMA comunica a titulares e importadores de NSO de cosméticos y productos de aseo que la presentación comercial no es requisito sanitario para la asignación del código NSO. Se aclara que la revisión de la presentación comercial no debe exigirse en la licencia de importación y que los cambios en la NSO requieren trámite conforme a la Ley 1755 de 2015.
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